este JUZGADO SEXTO DE CONTROL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera declarar Con Lugar el pedimento Fiscal, y acuerda que lo procedente en derecho es otorgarle la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES al imputado JOSÉ REMIGIÓ SIFONTES, venezolano, de 33 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 13.499.013, fecha de nacimiento 08-05-1974, soltero, de oficio Obrero en comercio de fruta, residenciado en el Sector Chorrerón, Tierra firme, casa N° 128, cerca de la Bodega Los 5 Hermanos, Guanta, Estado Anzoátegui, a quien se le otorga su libertad desde esta sala de audiencia, dejándose constancia que se retira en buenas condiciones físicas. Líbrese oficio a Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, imponiéndole de la presente decisión, y con la orden de que se deberá dejar sin efecto la Orden de Aprehensión dictada por el extinto Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal del Primer Circuito.....