de conformidad con los artículos 250 del Código Orgánico Procesal Penal y 141 de la Ley Orgánica de Drogas, otorga la LIBERTAD inmediata al ciudadano FREDDY LUIS GUTIÉRREZ MAGO, venezolano, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.540.154, de oficio obrero, soltero, natural de Cumaná, nacido en fecha 30-05-81, hijo de Héctor Luis Gutiérrez y Romelia Mago, residenciado en el sector aeropuerto viejo de San Luis, casa N° 38, cerca del caño, Cumaná, Estado Sucre, en relación a la presente causa.- En consecuencia líbrese boleta de libertad que deberá ser remitida junto con oficio al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, debiendo imponérseles del deber de concurrir ante este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre el día miércoles 04 del mes y año en curso a las 3:00 p.m., para ser impuesto de la presente resolución judicial mediante acta que será levantada al efecto, así como para celebrar la audiencia oral de Sobreseimiento a tenor de lo previsto en el artíc.....