Dadas las consideraciones que preceden, este Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de los ciudadanos CLAY JOSÉ FLORES, venezolano, de 41 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.468.492, nacido en fecha 29/06/1970, comerciante, hijo de Carmen Flores y Manuel Jiménez, domiciliado en la Avenida Gran Mariscal diagonal a la Bomba "La Ventaja", Casa Nº 43, Cumana, Estado Sucre, teléfono Nº 0414-884-2315 ; JOVANNY JOSE MILLÁN FLORES, venezolano, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.905.763, nacido en fecha 10/08/1985, soltero, de profesión u oficio Albañil, natural de esta ciudad, hijo de Carmen Flores y Lupercio Millán, residenciado en Caiguire, Avenida Carúpano, Calle Piñerua,.....