este TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA imponer Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad establecida en el artículo 256 ordinal 3 del COPP , al ciudadano JESÚS PRIMITIVO VELASQUEZ CARIACO, venezolano, de 48 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.442.669, de estado civil soltero, de ocupación Obrero, nacido en fecha 27-11-60, hijo de los ciudadanos JUAN CARIACO y RAFAELA VELÁSQUEZ, residenciado en el Caserío Bella Vista, casa sin N°, del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto en el artílculo 42 de la Ley orgánica sobre el derecho a las mujeres a una vida libre de violencia Y el delito de TRATO CRUEL previsto y sancionado en el artículo 254 de la LOPNA, cometido en perjuicio de la ciudadana YAJAIRA MARGARITA CUMANA VALLEJO y del niño JOSUE MAURERA, medida ésta consistente en presentación por ante la unidad de alguacilazgo cada diez (1.....