este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Cumplido como se encuentran los requisitos exigidos en los artículos 2 y 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, REDIME al ciudadano ÁNGEL RAFAEL MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.124.874, condenado a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRESIDIO MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, por la comisión del Delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD; LA PENA de UN (01) AÑO, SIETE (07) MESES Y SIETE (07) DÍAS, tiempo este que es Redimido en este acto el penado. Ahora bien, sumado este tiempo, con el tiempo de pena cumplida físicamente hasta la presente fecha, da un total de pena cumplida de CUATRO (04) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y DIECIOCHO (18) DÍAS, le falta por cumplir la pena de UN (01) AÑO, SIETE (0.....