Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente demanda de REVISIÓN DE OBLIGACION DE MANUTENCION, incoado por la ciudadana: DOANY DEL VALLE BASTARDO BENÍTEZ, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, titular de la cédula de identidad N.º V- 16.485.461, u oficio asistente administrativo, quien labora en la Alcaldía de Marigüitar, ubicada en Marigüitar del estado Sucre, y con domiciliado en Marigüitar, Sector Campamento, casa N° 11, perteneciente a la jurisdicción de la parroquia Marigüitar, del Municipio Bolívar de Estado Sucre, teléfono celular: 04248745769, contra el ciudadano: PEDRO CESAR GONZÁLEZ, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad número V-17.....