Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al imputado, Ramón Arístides Villaroel Castillo, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V 17.471.241, Edad 20, oficio Obrero, nacido en fecha 23-05-84, domiciliado en La Esmeralda Granja Las Acacias, Municipio Rivero del Estado Sucre, en virtud de encontrarlo incurso en la comisión del delito de Desvalijamiento de Vehículo Automotores, previsto y sancionado en el articulo 3 de la Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano: Carlos José Molla Torres , a cumplir la pena de Dos (2) año y Ocho ( 8 ) meses de Prisión, mas las accesorias de ley previstas y sancionada en el articulo 16 del código Penal. Pena esta que deberá cumplir el imputado en donde designe la autoridad administrativa .....