Este Tribunal primero de control del Circuito Judicial penal del estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al ciudadano Gilberto José Ruiz Vargas, venezolano, de 23 años de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° 16.843.349, de profesión Pescador, nacido en fecha 03-08-82, hijo de Velquis Ruiz y Gilberto Jiménez, residenciado en: Calle San Miguel, Casa N° 46, junto del Cementerio Municipio Bermúdez del Estado Sucre, consistente en presentación cada Treinta (30), días ante la unidad de Alguacilazgo de esta extensión Judicial por un lapso de seis (6), meses contados a partir de la presente fecha todo de conformidad con lo previsto en el articulo 256 del Código orgánico procesal penal, como presunto autor del Lesiones Personales Graves, Previsto y Sancionado en el artículo 417 del Código Penal y Riña Tumultuaria, Previsto y Sancio.....