Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de la imputada Arelis Josefina Torres Palencia, quien es venezolana, natural de Coro , de 39 años de edad, estado civil: soltero, nacido en fecha 19-11-1969, titular de la cédula de identidad Nº 11.472.224, ocupación u oficio: del Hogar, hijo de Paula Rosa Palencia y Julio Ramón Torres Chirino, y residenciada en la Recta de Guiria, Sector Virgen de Fátima, casa S/n, cerca de la plaza, quien se encuentran presuntamente incursa en la comisión del delito de Ocultamiento de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 de Código Penal Venezolano, en perjuicio del Estado Venezolano, considerándose que cualquier otra medida resulta insuficie.....