este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, "CONCEDE" el Beneficio de "DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO", al penado HEIDI ANTONIO CANALES BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 17.222.090, por estimar que reúne los extremos de Ley, y a quien le falta por cumplir de la pena que se le impusiera por el Delito de ROBO AGRAVADO, LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, de CUATRO (04) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y VEINTIDÓS (22) DÍAS DE PRESIDIO; El Beneficio se OTORGA, para el Centro de Tratamiento Comunitario “Diego Bautista Urbaneja”, ubicado en la Carretera 25, Quinta Rosalín, Urbanización Urdaneta, Barcelona, Municipio Bolívar, Estado Anzoátegui.
En consecuencia, se fija audiencia para el día Miércoles 03-08-2005 a las 10:00 A.M., a fin de imponer al penado de la pres.....