En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BOLÍVAR Y MEJÍA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO conforme a lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil, interpuesta por los ciudadanos: TOMAS ADELSO GUTIERREZ y JANNELIS DEL CARMEN CORONADO FRONTADO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números: V- 13.941.472 y V- 20.345.458, respectivamente, domiciliado el primero en el Sector Golindano, Calle Cuba, Marigüitar, Municipio Bolívar del Estado Sucre, y la segunda con domicilio en el Sector Altamira, Marigüitar Municipio Bolívar del Estado Sucre, debidamente asistidos por la abogado en ejercicio: LUISA GIMENEZ, venezolana, cédula de identidad Nº11.833.011, inscrita en.....