Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del imputado JOSÉ RAMÓN LUGO BENEVENTE, venezolano, de estado civil soltero, de 31 años de edad, nacido en fecha 30-07-75, titular de Cédula de Identidad N° 17.406.761, de profesión u oficio obrero, hijo de Lucia Lugo y Domingo Lugo y domiciliado en Charallave, Vereda 9, hacia la cumbre, a tres casas de la bodega del señor Félix Barreto, casa S/N, Carúpano, Estado Sucre; consistente en presentaciones periódicas interdiarias por ante la Unidad de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, por el lapso de seis (06) meses; y la prohibición de acercarse a la víctima y de causarle alguna agresión física, psicológica o verbal ya sea directa o indirectamente; por la presunta comisión del delito de VIOLACI.....