Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA INHIBICIÓN, planteada por la abogada LOURDES SALAZAR, Venezolana, mayor de edad, actuando con el carácter de Jueza Segunda de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, para abstenerse de conocer la causa N° RP11-S-2004-002902, seguida a los ciudadanos WILFREDO JOSÉ LUNAR, NICASIO JOSÉ JAIME GUTIERREZ, EUDOMAR JOSÉ SOBIL DELCINE, JUAN BAUTISTA GONZÁLEZ, EDGAR ZERPA, BENITO MARCANO, JUAN CARLOS GONZÁLEZ FARFÁN, RENNY RAMÓN NÚÑEZ, EMETERIO JOSÉ GONZÁLEZ, FELIX BOADA, RICARDO ENRIQUE ROLANDO ROCA, ANMARGRET MEJÍA EGRED y PABLO NELSON GARCÍA BARRIOS, por la comisión de los delitos de CAZA Y DESTRUCCIÓN EN ÁREAS ESPECIALES Y ECOSISTEMAS ESPECIALES y AGAVILLAMIENTO, en perjuicio del ESTADO VENE.....