Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: Se declara SIN LUGAR, el petitorio de Revisión de Medida de Privación Judicial Preventiva de la Libertad que le fue impuesta al acusado, ciudadano VÍCTOR LUÍS URBAEZ GUILARTE, quien dijo ser venezolano, Natural del Guiria, de 20 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cedula de Identidad N°: 28.188.950, de oficio agricultor, nacido el 12.11.1990, hijo de Cosme Urbaez, y Fidela del Carmen Guilarte, domiciliado en Sector Rio De Guiria, las Viviendas, casa sin numero, cerca de la bodega de la señora Brigida, , Estado Sucre, Municipio Valdez, por estar presuntamente incursos en la comisión del delito Homicidio Simple, previsto y sanci.....