este Tribunal Primero de Control del Segundo Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley; Declara Procedente la solicitud hecha por la Ciudadana EUMARYS DEL CARMEN DE GONZALEZ, ordenándose en consecuencia la Devolución de la cantidad de Seiscientos Mil Bolívares, consignada por ella en Cheque de Gerencia Nro.- 74001577 de la Cuenta N° 287-001741-6, de fecha 27-05-1999, contra el Banco Federal, Agencia Carúpano, por la cantidad de Seiscientos Mil Bolívares (Bs.600.000,oo), Y depositado en la Cuenta Corriente Nro.- 052-10-0305-3, del Banco Industrial de Venezuela, Agencia Carúpano, a nombre del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha 29-06-1999, depositado por Angel Marcial Rojas, cantidad esta solicitada por el Tribunal en cuestión, como CAUCION REAL, fijado al ciudadano JESUS PASCUAL GONZALEZ GOMEZ. Todo ello de conformidad con lo estable.....