Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo, intentado por la FUNDACION DE LA UNIVERSIDAD DE ORIENTE (FUNDAUDO) contra la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO SUCRE.
SEGUNDO: Se mantiene firme y con todos sus efectos jurídicos el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 116-2011, de fecha 09/06/2011, contenido en el en el expediente N° 021-2011-01-00108 que declaró con lugar el reenganche y pago de los salarios caídos interpuesto por el ciudadano José Luís Rosales, titular de la Cédula de Identidad número 8.615.636, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE CUMANA, ESTADO SUCRE, en consecuencia, Comuníquese al Inspector del Trabajo, de esta decisión una vez que quede firme la sentenci.....