DECRETA: PRIMERO: Con lugar la Revisión de la Medida Cautelar de Fianza, y se sustituye por una Medida Cautelar con Caución Juratoria, a favor del imputado JEAN CARLOS DEL JESÚS VELÁSQUEZ VELÁSQUEZ, venezolano, de 24 años de edad, soltero, hijo de Izaida Velásquez y Jesús López, Albañil, residenciado en Irapa, Sector Cerro Colorado, Calle Sagrado Corazón de Jesús, casa s/n, Municipio Mariño del Estado Sucre, a quien se le inicia investigación por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVÍSIMAS, previstas y sancionadas en el artículo 414 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano JULIO CÉSAR GONZÁLEZ, consistente en Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, consistente en presentaciones periódicas cada Treinta (30) días por el lapso de Ocho (08) Meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal.