este Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL, para los imputados FREDDY JOSÉ RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.879.163, domiciliado en Carúpano Estado Sucre, ANTONIO JOSÉ MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.884.971, domiciliado en Carúpano Estado Sucre, LUIS ARMANDO GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.960.757, domiciliado en Puerto Santo Estado Sucre, Y JOSÉ RAMÓN QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.778.647, domiciliado en Cagua Estado Aragua, por estar presuntamente incurso en la comisión de el delito precalificado por la Fiscalía como LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 420 en concordancia con el 413 del Código Penal, en perjuicio.....