Este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara así Constituida LA CAUCIÓN ECONOMICA, de conformidad con lo establecido en el artículo 244 del COPP, a favor de los imputados FERNANDO NICOLAS CARABALLO ZAPATA, venezolano, soltero, de 21 años de edad, de profesión u oficio ayudante de albañil, Cédula de Identidad Nº V-25.622.998, nacido en fecha 29/11/1993, hijo de Rosalía Zapata y Nicolás Caraballo, Residenciado Barrio Sucre, casa sin numero , al lado del modulo, Municipio Bermúdez del Estado Sucre YEAN CARLOS LEON NUÑEZ, venezolano, soltero, nacido en Carúpano, de 18 años de edad, de profesión u oficio carpintero, Cedula de Identidad Nº V- 26.736.385, nacido en fecha 11/02/1997, hijo de Amarilis del Valle De León Núñez y Ramón Antonio León, residenciado cerro corea, calle final calle Páez, casa 22, cerca del tanque de agua, Municipio Bermúdez del Estado Sucre. y RAMON ANTONIO MA.....