este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL para el Imputado DAVID TIRADO, titular de la cédula de identidad N° 14.815.831, residenciado en la Calle Bolivar, Casa s/n, frente a Billares Balmores, Cumaná Estado Sucre, por el delito precalificado por esa Fiscalía como LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422 Ordinal 2 en relación con el artículo 417, ambos del Código Penal, en perjuicio de SARA GONZALEZ, Indocumentada, residenciada la Calle Principal Casa s/n, Via Cumanacoa, Cocollar, Caserío El Berral, Estado Sucre, de conformidad con el Ordinal 3° del artículo 318 y el ordinal 8º del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el ordinal 5º del artículo 108 del Código Penal