este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL para el Imputado ARNALDO ANDRES MENDEZ YEGUEZ, Indocumentado, residenciado en el INAM de Boca Sabana, Vereda 02, Casa N° 25, Cumaná Estado Sucre, por el delito precalificado por esa Fiscalía como HURTO CALIFICADO previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 6° del Código Penal, en perjuicio de ODALIS MARGARITA HERNANDEZ DE BRICEÑO, titular de la cédula de identidad N° 12.268.373, residenciada en el INAM de Boca Sabana, Vereda 02, Casa N° 26, Cumaná Estado Sucre, de conformidad con el Ordinal 4° del artículo 318 y el ordinal 8º del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el ordinal 4º del artículo 108 del Código Penal