este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado: JOSE GREGORIO MAÑEZ MARCANO, venezolano, natural de Irapa, de 26 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 19.124.153, nacido en fecha 11-03-1985, de estado civil soltero, de profesión u oficio barbero, hijo de Amalia Marcano Y Alicio Mañez, con domicilio en: Sector el Chuare, calle Junín, casa S/N, cerca del rió el chuare, Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; consistente en un Régimen de Presentaciones cada treinta (30) días durante el lapso de seis (06) meses, por ante por ante la Comandancia de Policía de Irapa Municipio Va.....