el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA iniciada por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley de Reforma parcial del Código Penal que modifica el artículo 278 del Código Penal Vigente para el momento de los hechos, que se atribuye a los ciudadanos GREIFERSON JOSE MEDINA, venezolano, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad n° 20.632.169, residenciado en la Urbanización Villa Olímpica, piso 03, Apartamento 07, Cumaná, Estado Sucre, JHONNY JOSE GONZALEZ, venezolano, de 29 años de edad, titular de la cédula de identidad n° 12.375.758, residenciado en la Urbanización Cascajal Viejo, casa s/n, Cumaná, Estado Sucre, y JHON.....