Por las razones antes expuestas, este Tribunal Penal de Primera Instancias Estadales y Municipales en funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA al imputado RUBEN DARIO CORONADO DIAZ Colombia, natural Monterías, de 25 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 1.038.100.995, nacido en fecha 20-09-1987, estado Civil casado, profesión u oficio construcción, hijo de Mireya Díaz y Algemiro Coronado, residenciado Trinidad y Tobago, por Spin, calle shistri, casa sin numero, cerca del CINEMA, UNA MEDIDA CAUTELAR EN LA MODALIDAD DE FIANZA, solicitada por el Ministerio Público se encuentra ajustada a derecho, todo de conformidad con lo establecido en el Articulo 242 numeral 8º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en caución económica, por lo que deberá presentar dos fiadores de reconocida solvencia moral que devenguen .....