este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, contra el imputado JOANNY FIGUEROA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-16.817.439, natural de Cumaná, soltero, nacido en fecha 03-03-81, de 32 años de edad, hijo de Albanelys Figueroa y Luis Alberto Jiménez, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Barrio Caigüire, Sector La Colina, cuarta calle, casa S/N°, Cumaná, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ROGERIS ANTONIO RODRÍGUEZ MALAVÉ (OCCISO)