Por las razones anteriormente expuestas éste Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Autoriza: A la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con Competencia en todo el Estado en Materia Contra las Drogas, para que realice todos los tramites necesarios para la Destrucción de la Sustancia Incautada, en la causa que cursa por ante esa Fiscalía del Ministerio Publico, donde aparece como imputado JOSÉ RAMÓN GONZÁLEZ, venezolano, Natural de Río Caribe, Estado Sucre, de 53 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° V.- 5.874.699, de profesión u oficio albañil, nacido el 29/07/1959, hijo de Carmelo González y Carmen de Rondon, domiciliado en: la Calle Urica,, casa sin numero, cerca del río, en la esquina d e los pavos, cerca de la bodega de los Tovar, Municipio B.....