este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 04, Administración Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: SUSTITUIR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE CAUCIÓN ECONÓMICA, POR LA CAUCIÓN JURATORIA, a los ciudadanos JOSE FELIX RODRIUEZ GUERRA, venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, de 20 años de edad, nacido en fecha 08/06/1995, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 26.292.249, Agricultor, hijo de elida Guerra y José Francisco Guerra y residenciado en: el sector Brisas del Rió, san Antonio, calle CANTV, casa sin numero, Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre y CARLOS HUMBERTO GUERRA GUERRA, venezolano, lugar de nacimiento desconozco, de 18 años de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Indocumentado, profesión u oficio desconozco, hijo de Marisol Guerra y residenciado en: el sector Brisas del Rió, san Antonio, calle cateve, casa sin numero, Irapa, Municipio Mariño d.....