DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal QUINTO de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD para los imputados GILBERTH PAUL OLIVIER ARCAYA, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 25 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 21.010.251, nacido en fecha 23/07/1990, soltero, de profesión u oficio Docente, hijo Milagro Aquina Akaya Colina y Gilberto Geraldo Oliver Rodríguez, de residenciado en Charallave, sector el Caro, calle Principal, Casa Nº 888, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, y ROBERT PAUL OLIVIER ARCAYA, Natural de Carúpano, de 23 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 24.715.313, nacido en fecha 08/10/1992, soltero, de profesión u oficio Estudiante Universitario, hijo Milagro Aquina Akaya Colina y Gilberto Geraldo Oliver Rod.....