Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES incoada por los ciudadanos: LUIS MIGUEL MAGO GUEVARA Y ROSALBA JOSEFINA RODRIGUEZ GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, Casados, titulares de las cedulas de identidad Nrs° V- 12.664.954 y V- 14.008.535, respectivamente, el primero con domicilio en el sector las Casitas, de la población de Marigüitar Municipio Bolívar del Estado Sucre, y la segunda en la ciudad de Bogotá República de Colombia, debidamente asistido y Representada por el Abogado en ejercicio: Rafael Luis Sánchez , venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de .....