DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por interpuesto por el Abogado AMILCAR GUILLERMO AQUINO TORRES, Defensor de Confianza de los ciudadanos LUIS MANUEL QUIJADA y JOSÉ LUIS BOSCHETTI, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, publicada en fecha 05 de Abril de 2010, mediante la cual condenó a los acusados antes mencionados a cumplir la pena de once (11) años y nueve (09) meses de prisión, más las penas accesorias previstas en el artículo 16 del código Penal, y a las costas procesales de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código Orgánico Procesal Penal, en concorda.....