DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Quinto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA conceder un lapso de cuarenta y cinco (45) contados a partir de la presente fecha para que la representante del Ministerio Público presente el Acto Conclusivo correspondiente en el presente asunto seguido a los imputados: JOSÈ GREGORIO BRITO ROMERO, venezolano, de 44 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.881.471, casado, nacido en fecha 31-10-1968, de profesión u oficio: pintor de carro, hijo de Pedro Brito Reyes y Maria Romero y residenciado en: Macarapana, sector Valle Alto, casa sin numero, Parroquia Macarapana, Carúpano, Municipio Bermúdez, estado Sucre y JOSÈ MANUEL BRITO VÀSQUEZ, venezolano, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.330.955, soltero, nacido en fecha 28-01-1990, .....