Por lo que, con fundamento en todo lo antes expuesto Este Tribunal Sexto De 1ra Instancia Estadales Y Municipales En Funciones De Control-Cumaná, Administrando Justicia En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra del imputado OSCAR ANTONIO CANNISTRA DUN, de 23 años de edad, Titular de la cedula de Identidad, V-18.904.712, de nacionalidad venezolano, de profesión u oficio: estudiante, Soltero, Nacido en Fecha: 19-015-89, Hijo Giuseppi Cannistra y Josefa Dun, Residenciado en Calle San Bruno, Urbanización Villas Taormina, casa N° B-01, al lado de las Riberas Manzanares, Cumana, estado Sucre, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVISIMAS, previsto y sancionado en el artículo 414 en concordancia con el 420 numeral 2 del código penal, en perjuicio de los ciudadanos JORGE LUIS REYES ROMAN y MIGLEIBIS RAMIREZ; consistente en la PRESENTACIÓN PERIÓDICAS CADA QUI.....