este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA y autoriza el Traslado del penado ciudadano: JAVIER JOSE VALLENILLA CARDOZO venezolano, de 18 años de edad, nacido en fecha 13-04-93, venezolano, residenciado en Cuesta Colorada, Barbacoa, casa de mi suegra, S/N, de color azul, al frente de la casilla policial, Cumaná Puerto La Cruz, profesión y/o oficio sacar arena, titular de la Cédula de identidad N° 25.621.953, hijo de los ciudadanos José Gómez y Judith Vallenilla, Teléfono: 0293-6426188, condenado a cumplir la pena de: SEIS (6) AÑOS, OCHO (8) MESES, VEINTIDOS (22) DIAS Y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN por la comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO previsto en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana: LEONOR MARIA SILVA DE CACERES, JORGE ANTONIO CACERES SILVA Y ALVARO LUIS LEON ADRIAN; y LESIONES INTENCIO.....