Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, intentada por la ciudadana YAMILET FUENTES, venezolana, mayor edad, titular de la cédula de identidad N°: 13.052.106 y domiciliada en Casanay, calle Colombia, casa n° 69, Municipio Andrés Eloy Blanco, Estado Sucre, asistida por la Defensora Publica en materia de Niños, Niñas y Adolescentes contra el ciudadano VICENTE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 9.968.794 y domiciliado en el barrio Venezuela, Cariaco, Municipio Ribero, Estado Sucre, el demandado deberá cancelar la cantidad de CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs, 5.555,oo) la cual será dividida en DIEZ (10) cuotas, en partes iguales hasta la cancelación de la misma, debe entregársele directamente a la madre, el demandado deberá seguir cumpliendo con su obligación de manutención como esta esta.....