este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumanà, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la causa, para el ciudadano ANGEL JOSE CAMPOS CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nª. No consta, residenciado no consta, por el delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a Una vida Libre de Violencia, vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de MARIA ALEJANDRA TORRES NUÑEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nª.14284882, residenciado en San Juan, Estado Sucre,, por extinción de la acción penal por prescripción; todo ello, conforme a lo establecido en el numeral 3 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48 numeral 8 ejusdem.