Este Juzgado Mixto de Juicio de la Sección Penal de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, por unanimidad SANCIONA al adolescente: OMISSIS, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL Y LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto en los Artículos 407 y 417 ambos del Código Penal en perjuicio de DANNY JOSE BRITO RODRIGUEZ (Occiso) y JESUS ALBERTO CABELLO CABELLO; a cumplir CINCO (05) AÑOS con Medida Privativa de Libertad conforme a lo previsto en el artículo 628, Parágrafo Segundo Literal "A" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.