PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana Blanca Elena Romero Rosales en contra de los ciudadanos Bianca Meliza Uzcátegui Romero, Argenis Alirio Uzcátegui Romero, y José Eduardo Aquilino Uzcátegui Romero, en su carácter de herederos del de cujus José Alirio Uzcátegui, por reconocimiento de la unión concubinaria que existió entre la actora y el mencionado causante José Alirio Uzcátegui. En consecuencia, se declara que entre el precitado de cujus José Alirio Uzcátegui y la ciudadana Blanca Elena Romero Rosales, existió una unión concubinaria que inició el 1° de enero de 1981 y culminó el 10 de julio de de 2021.
SEGUNDO: Una vez quede firme la presente decisión insértese en los Libros de Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, para lo cual se acuerda expedir copia fotostática certificada, conforme a lo establecido en el Artículo 119 de la Ley Orgánica de Registro Civil. Igualmente, se ordena publicar en un Diario de mayor circulación.....