DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Condena: Al ciudadano Luís Enrique Hospédales Marchan, venezolano, de 23 años de edad, nacido en fecha 02-10-1985, titular de la cédula de identidad N° 19.124.613, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, hijo de Luís Hospédales y Gertrudis Marchan, y residenciado en Campo Claro, Calle José Félix Rivas, casa S/N, al lado de la bodega del señor Pedro, y cerca del Cementerio, Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre; a Cumplir la pena de tres (03) años y cuatro (04) meses de prisión;, más las accesorias de Ley, por el tiempo que dure la pena principal, por la comisión del delito de Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo.....