Este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al acusado SIMON RONGELIS LOPEZ CALDEA, Venezolano, natural de Guiria la Costa, Municipio Valdez del Estado Sucre, 34 años de edad, nacido el 12/04/1983, soltero, pescador, titular de la Cédula de Identidad Número V- 17.694.999, hijo de Renato Lopez y Cecilia Caldea y residenciado en Río Salao, sector san Juan, casa s/n, cerca de la bodega de la señora Leoncia, Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, TRES (03) MESES Y DIECIOCHO (18) HORAS DE PRISION mas las accesorias de ley, establecidas en el articulo 16 ordinal 1 del Código penal por la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numerales 3 y 4 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de WILMAN ALEXANDER MARCANO PATIÑO, y el delito de RESISTENCIA.....