Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del imputado; JOEL JOSÉ ORTEGA ORTEGA, Venezolano, de 20 años de edad, natural de Carúpano, Estado Sucre, nacido en fecha:09/03/1989 de profesión u oficio Agricultor, de estado civil Soltero Titular de la Cédula de identidad Nº V-24.133.282, hijo de Carlos Rivas Y Milagros Otergas, residenciado en Quebrada de la niña, vía Nacional, Nº, de casa DDT 222, Municipio Cajigal, consistente en presentaciones periódicas cada treinta (30) días por el lapso de Seis (06) meses por ante la Comandancia de Policía del Municipio Cajigal, por estar presuntamente incurso den la comisión del delito de de HURTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 01 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio del ciudadano.....