Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, otorga AUTORIZACIÓN JUDICIAL, y AUTORIZA a la ciudadana QUINAL JOANNA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.816.965, domiciliada en la Población de Cumanacoa, Urbanización Las Colina, Cuarta Calle, casa Nº 21, Municipio Montes, Estado Sucre,, para que pueda Tramitar, gestionar y cobrar Prestaciones Sociales, Fideicomiso Laboral, Caja de Ahorros, Paro Forzoso, Pensión del Seguro Social, Ley de Política Habitacional, Pensión de Sobreviviente y/o cualquier otro beneficio social por ante el Seguro Social y cualesquiera otra Institución Publica y/o Privada que le corresponden a sus hijos el adolescente y las niñas