Eribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD bajo la modalidad de caución personal a favor del ciudadano JOSE JESUS FREITES RIVAS, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.286.115, hijo de Mervin Luís Frites y Doris Rivas, nacido en fecha 27-08-1988, residenciado en Charallave, cuarta vereda, lado derecho, sector los Primos, casa S/N, Municipio Bermúdez, de conformidad con lo previsto en el artículo 256, ordinal 8 del código Orgánico Procesal Penal; debiendo presentar dos fiadores con un ingreso igual o superior a 30 unidades Tributarias, mas los requisitos establecidos en el articulo 258 del COPP, por considerarlos incursos en la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado 45 primer aparte de la.....