Por todos los razonamiento anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, al imputado Ramos Hurtado Joan José, venezolano, de 24 años de edad, Concubino, de profesión u oficio Custodio Penitenciario, titular de la Cédula de Identidad N° 16.479.084, Fecha de Nacimiento: 03-03-82, hijo de Emna Nicolaza Hurtado de Ramos y Alfredo Ramos , y residenciado en puerto la Cruz, Barrio Ezequiel Zamora, queda cerca de la Escuela Ezequiel Zamora, calle Bolívar, N° 42-43, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de Ocultamiento de Estupefacientes, prevista y sancionado en el artículo 31, en el último aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La Colectividad. Todo ello de c.....