En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado RAFAEL ANTONIO AMAIZ VALERIO, venezolano, natural de Carúpano Estado Sucre, de 32 años de edad, nacido el 17-03-1980, de estado civil casado, profesión u oficio: Albañil, Cédula de Identidad Nº 15.895.290, residenciado en: calle Principal de Playa Grande, sector el tamarindo, cerca del festejo San Rafael, Carúpano, Estado Sucre, por encontrarse incurso en la presunta comisión de los delitos de AMENAZA, VIOLENCIA FISICA, VIOLENCIA PSICOLÓGICA, Y VIOLENCIA PATRIMONIAL, previsto y sancionado en el artículos 41, 42, 39, 50 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de MARY CARMEN AMIS HERNÁNDEZ, de conformidad con lo.....