este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumanà, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la causa, para el ciudadano JULIO CESAR FUENTES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nª. 4685962, residenciado en la calle Blomplant, Qta Iris, Cumana, Estado Sucre, por el delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA previsto y sancionado en el artículo 20 de la Ley Sobre la Violencia a la Mujer y la familia,, vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de ALEJANDRA PERSON DE FUENTES, venezolana, mayor de edad, por extinción de la acción penal por prescripción; todo ello, conforme a lo establecido en el numeral 3 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 49 numeral 8 ejusdem.