DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones De Control Nº 05, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor del ciudadano TRINO EUCLIDES JIMENEZ VILLARROEL, venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, de 49 años edad, titular de la cédula de identidad Número V- 9.935.780, nacido en fecha 14/06/1.9963, soltero, de albañil, hijo de Emeterio Jiménez y Juana Villarroel, y domiciliado en la Calle Principal de La Sabana, casa S/N, a 50 metros del cementerio, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, por no existir elementos de convicción para precalificar, la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO Se acuerda el procedimiento por la vía del procedim.....