DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: La Extinción de la Acción Penal y Decreta: El Sobreseimiento de la presente causa a favor de la Acusada Juana Besayda Rodríguez, venezolana, natural de El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.285.449, nacida en fecha 1-01-1975, de 37 años de edad, de estado civil divorciada, de profesión u oficio del hogar, hija de José Cedeño y Carmen Rodríguez, y residenciada en la Población de Guasimal Arriba, Calle Principal, Casa S/N, detrás de la escuelita, El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, por la comisión del delito de Trato Cruel, previsto y sancionado en el artículo 254 de la Ley Orgánica p.....