Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil formulada por los ciudadanos JOSÉ MIGUEL VELASQUEZ VILLAFRANCA Y NEUDIS CARMEN RODRIGUEZ SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.980.681 y 12.272.085, respectivamente y domiciliado el primero de los nombrados en el Caserío Limonar Adentro, Calle Principal, Casa S/N, Municipio Mejia, estado Sucre, asistidos por el abogado CARLOS GABRIEL VILLARROEL MEZA, inscrito en el IPSA Nº 164.355. En consecuencia, Se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL QUE LOS UNE,