Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Cobro de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales intentada por JOSUE JOSE FIGUEROA ANDRADEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-24.874.603, en contra de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA ANCLA, C.A.
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar al ciudadano JOSUE JOSE FIGUEROA ANDRADEZ, la cantidad de TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA BOLIVARES CON DIEZ CENTIMOS (Bs. 33.390,10), por los conceptos de Prestaciones Sociales (antigüedad), Vacaciones y Bono Vacacional (fraccionados), Utilidades y Salarios Retenidos, para el demandante. Y ASI QUEDA ESTABLECIDO.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dado a la naturaleza del fallo.
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