DECISIÓN
Por los motivos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niños, Niñas, Adolescentes, Bancario y Marítimo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Único: DECAIMIENTO DEL RECURSO DE HECHO Interpuesto ante esta alzada recurso de hecho, en fecha 26 de noviembre de 2020, vía correo electrónico por los abogados Gualberto Antonio González y Valmore Rodríguez Cumana, inscrito en el I.P.S.A bajo los números, 8.736 y 16.769 respectivamente, contra el auto de fecha 20 de noviembre de 2020, dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y marítimo del Primer Circuito Judicial del estado Sucre.
No hay condenatoria en costas por lo que aquí decidido.-
Se deja expresa constancia, que la presente decisión ha sido dictad.....